domingo, 28 de octubre de 2012

Revista SCJN

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SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

R A I Z Y C O N C I E N C I A
ORGANO INFORMATIVO DEL
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURISPRUDENCIALES
Y DE PROMOCION Y DIFUSION DE LA ÉTICA JUDICIAL.
MINISTRO EN RETIRO MARIANO AZUELA GÜITRON
Director General

MENSAJE DEL DIRECTOR

El Instituto se enriquece con
Delegados y Subdelegados en
toda la república.

El Instituto de Investigaciones Jurisprudenciales y de Promoción y Difusión de la Ética Judicial está integrado actualmente por un equipo de doce personas. Por un equipo de doce personas. Por otra parte, dentro de sus objetivos tiene, como su propio nombre lo indica, el promover y difundir la Ética Judicial, compromiso difícil de alcanzar si se considera su campo de acción: todos los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación, los organismos Integrantes de la Asociación Mexicana de Impartidores de Justicia, especialmente a través de la Secretaria Ejecutiva de la Comisión Nacional de la Ética Judicial y de la coordinación de la Mesa correspondiente a este tema en la propia Asociación y los países miembros de la Cumbre Judicial Iberoamericana, al ejercer la función de Secretaría Ejecutiva de la Comisión Iberoamericana de Ética Judicial, encomendada a México desde la Reunión de Montevideo en 2010, a través del Instituto.
La Ética Judicial es, desde el punto de vista normativo, una disciplina filosófica de carácter práctico. Es importante conocer las normas que la integran, pero lo es más el ponerlas en práctica. Además, debe mantenerse un ambiente permanente en todos los sitios donde se imparte justicia, de esfuerzos cotidiano por actuar conforme a sus principios y virtudes. La ignorancia, el individualismo, generador de egoísmo, el afán de poder, placer y riqueza, la relajación de la pereza y los esfuerzos desordenados y estériles lo hacen peligrar constantemente.
De ahí la importancia del Acuerdo del Consejo Consultivo del Instituto de invitar a Magistrados y Jueces del Poder Judicial de la Federación a fungir como Delegados y Subdelegados honorarios. El mes de agosto se logró culminar con las aceptaciones correspondientes al proceso de designación de los primeros y sólo faltan unos cuantos nombramientos de Subdelegados para completar esa red extraordinaria de aproximación de los fines del Instituto a los servidores del Poder Judicial de todos sus Circuitos, así como a los distintos tribunales y juzgados federales y locales en el territorio nacional. La respuesta ha sido entusiasta y sus frutos empiezan a recogerse. Cada delegado y subdelegado tiene la capacidad de encontrar fórmulas originales para motivar el comportamiento ético en sus lugares de adscripción; así como de difundir esos proyectos a los Delegados y Subdelegados restantes para poder replicarlos. Será factible también trabajar en planes generales coordinados por el Instituto, así como difundir las iniciativas surgidas en su seno.
No puede pasar inadvertido el esfuerzo para aceptar la responsabilidad, conociendo las cargas de trabajo en la función estrictamente judicial. Robar tiempo al descanso será el modo de impulsar su compromiso. El trabajo de equipo entre Delegados y Subdelegados facilitará cumplir con la encomienda y los triunfos obtenidos harán gratificante los esfuerzos realizados. Dentro de la lógica, en la medida en que mayor número de trabajadores se convenzan de actuar conforme a la Ética Judicial, la labor se facilitará y se construirá el ambiente necesario para dar permanencia a las conductas congruentes con esa meta. Ello, necesariamente se proyectará a la sociedad, lográndose el objetivo de alcanzar su confianza generalizada en los Jueces y sus colaboradores. Nuestra gratitud a quienes se han sumado a este esfuerzo y a los que lo vayan haciendo, gradualmente.

Un Juez probo y valiente

Me permito recordar una muy formativa e ilustrativa anécdota ocurrida por los años 1976-1977, cuando el autor de estas líneas prestaba sus servicios como secretario en el entonces Juzgado de Distrito en el Estado de Sinaloa, con residencia en el puerto de Mazatlán. En ese ayer fungía como Juez titular de ese órgano de justicia don José Méndez Calderón, hombre de personalidad reservada y suave volumen de voz.
La ubicación del juzgado era en el antiguo Palacio de Justicia Federal, en las calles de Ángel Flores y Juárez, lugar donde también tenían sus oficinas el agente del Ministerio Público Federal y la entonces Policía Judicial Federal.
Por esa época se llevaba a cabo en el Estado de Sinaloa el llamado Plan Cóndor, el que demandaba de los agentes policiacos federales extenuantes jornadas para la localización de sermradíos de mariguana y la captura de personas involucradas en ello, sobre todo en zonas serranas y de difícil acceso. Las personas que eran detenidas se resguardaban en las oficinas de la Policía Judicial Federal, que se encontraban a aproximados treinta metros del juzgado de Distrito donde laborábamos, para una vez integrada la averiguación previa y ejercida la acción penal en su contra, ser trasladada a la Cárcel Municipal.
Un buen día, un detenido que se encontraba esposado y resguardado, sigilosamente logró evadirse de sus captores, los que al parecer se habían quedado dormidos debido a sus agotadoras labores. Se trataba de un sujeto del sexo masculino que al lograr salir de las instalaciones de la Policía Judicial Federal y debido, también quizás, a la proximidad del juzgado de Distrito se dirigió hacia éste y estando a punto de llegar, le gritó al Juez que “quería un Amparo”.
Grato fue a la postre advertir que el señor Juez, donde José Méndez Calderón, no obstante los cristales que cercaban sus oficinas, alcanzó a escuchar la solicitud de esa persona, por lo que salió a la puerta de ingreso al juzgado; en ese momento, la persona fue nuevamente capturada por los agentes policiacos. Mi entonces superior ya en presencia del detenido y sus captores, me instruyó (por estar ahí) llamar a una secretaría para que se recibiera la demanda de amparo por comparecencia, muy a sorpresa propia y de todos los que estábamos presentes por lo inusitado del evento.
Naturalmente ante la excepción de ese hecho y las circunstancias en que se dio, los agentes captores se rehusaban a seguir el mandamiento del señor Juez, quien con gran firmeza y valentía les ordenó no retirar al detenido mientras era recibida su solicitud de protección y amparo de la Justicia Federal.
El señor Juez, don José Méndez Calderón, una vez que recibió la solicitud de amparo por comparecencia y ante el evidente acto privativo de libertad de que se dolía la persona en su presencia, admitió la demanda y concedió al quejoso la suspensión para que quedara a su disposición en la Cárcel Municipal, y a la del Ministerio Público para la integración de la averiguación previa; concedió al fiscal el término de veinticuatro horas (fijado de acuerdo con los criterios de la época) para que lo consignara o lo pusiera en libertad; en ese momento también me ordenó llamara a la Policía Municipal de Mazatlán, Sinaloa, para que trasladara al detenido a la Cárcel de su localidad y así quedara físicamente a su disposición; además instruyó con igual determinación y firmeza a los agentes policiacos federales no impedir el traslado, pues incurrirán en violación a la suspensión que estaba decretando y ello sería causa de responsabilidad. Por esos años el término de veinticuatro horas era el que la Constitución Federal preveía para poner a disposición de un Juez a una persona detenida; cuando mediaba orden de aprehensión; y era la costumbre utilizar dicho término en la suspensión, cuando se reclamaban actos privativos de libertad fuera de procedimiento.
Debo hacer notar la resistencia que seguían oponiendo los agentes aprehensores a acatar el mandato del señor Juez, incluso llamaron a su comandante y al Agente del Ministerio Público para consultarlos; sin embargo, don José Méndez Calderón nuevamente con inquebrantable valentía e imperio los compelió a cumplirlo, y de esa manera tutelar a alguien que de manera persona y oral había ocurrido ante él a solicitarle la protección de la Justicia Federal, máxime que, como lo señalé, era un hombre de voz suave, discreto, que para asombro de todos se hizo escuchar bien y fuerte, lo que indudablemente, para este servidor fue una experiencia formadora y ejemplar para lo que sería mi carrera judicial.
Cabe resaltar que a diferencia de ahora, en aquellos tiempos el Ministerio Público no contaba con un término legal para ejercer acción penal contra un detenido infraganti, ni tenía la cultura de integrar en breve término las averiguaciones previas iniciadas contra personas privadas de su libertad por la comisión de un delito. En el caso que motiva esta anécdota, venció el plazo que se fijó a la Policía y al Ministerio Público Federal y ante el no ejercicio oportuno de la acción penal, la persona que había solicitado por comparecencia al amparo, fue puesta en libertad.
Impartidores de justicia como don José Mendez Calderón, con su ejemplo de vida y de trabajo, dan testimonio de los principios de la ética que mínimamente todo juzgador debe seguir en su actuar, pues con actos como el narrado evidenció su humanismo, ya que al atender la petición de Amparo de aquél detenido fue consciente de que las leyes se hicieron para servir a las personas, máxime en la situación de necesidad de justicia en que se encontraba; su compromiso social, pues en ese momento tuvo presente las condiciones de iniquidad que afectaban al privado de la libertad en su presencia, y advirtió que con su labor de juzgador se gana la confianza y respeto de la sociedad sólo a través de un trabajo dedicado, responsable y honesto como el que realizó al recibir y admitir la demanda de garantías, y conceder al quejoso la suspensión contra el acto que reclamaba; demostró también una gran fortaleza ante las adversidades que el caso oponía, sobre todo por las peculiares circunstancias en que le fue solicitada su intervención como juzgador y las resistencias, influencias nocivas y molestias que debió vencer para hacer cumplir sus mandatos, en especial de parte de los agentes policiacos.
Sirvan estas líneas como mi personal reconocimiento para don José Méndez Calderón, así como para todos aquellos que como él han sido grandes maestros de los que permanecemos en el ejercicio de la carrera judicial.
Oscar Vázquez Marín.

Ética y jurisprudencia en el cine*.

Juicio a Dios (God on trial, GB,
Andy DeEmmony, 2008)

Trata de un grupo de prisioneros judíos en un campo de concentración nazi, quienes juzgan a Dios por las tragedias que viven bajo el régimen del terror. ¿Incumplimiento de contrato? ¿Acaso Dios no hizo una alianza para proteger al pueblo judío? Al finalizar condenan a Dios, lo que no significa que Él no exista. Incluso, podría pensarse que su condena es una forma de demostrar su existencia. La Película está basada en hechos reales y es excelente para los abogados. Empero, hay ciertos aspectos que no pueden pasarse por alto: i) No todos los prisioneros eran judíos; ii) No existía un idioma común en los campos, en tanto había personas de todas las nacionalidades; y iii) La defensa de Dios parece algo débil. Es ampliamente recomendable para un curso de Cine y Derecho. En cuanto la forma: impecables las actuaciones. Si bien la fotografía y cualquier producción de imágenes están limitadas (pues el escenario es una barraca), la película está muy bien hecha. (Recomendación de Andrés Botero Bernal).

Ética judicial en el mundo**.

LAS PUSSY RIOT Y LA LIBERTAD
DE EXPRESIÓN.

Este sin duda es un caso de confrontación entre la libertad de expresión, libertad religiosa y posible abuso del ejercicio de un derecho.
Grupos defensores de derechos humanos, cantantes famosos y personajes influyentes del cine y espectáculos, apoyan al grupo “Pussy Riot” para que sean liberadas, pues al parecer la condena por su acción es injusta y viola el derecho a la libertad de expresión de sus integrantes. Las noticias que abajo se reproducen, nos invitan a reflexionar sobre el límite de la libertad de expresión. La constitución Política en los artículos 6° y 7° dispone que es el orden público, la vida privada, los derechos de los demás y la moral. La posible definición de cada uno de estos entraña dificultades semánticas y conceptuales complejas y de confrontación de idolologías.
Independientemente de lo grave que implica que unos grupos de “hackers” se autoproclamen reivindicadores de derechos fundamentales mediante ataques a portales de Internet y que violen, con ello, paradójicamente, el acceso a la información del resto de las personas, las preguntas relativas a la libertad de expresión serían:
1.-¿Hay que tolerar a grupos como el de las personas acusadas en Rusia, por si llegan a “expresarse” en su oficina, en su club, en el templo al que asista, en la calle que transite y callar?.
2.-De no tolerar este tipo de expresiones ¿estamos restringiendo su derecho a “expresarse”?
3.-¿Cuál es el límite a la libertad de expresión?
4.-Llegado el caso al tribunal, ¿qué decidiría usted en el presente asunto?
5.-Si el respeto a la moral es un límite a la libertad de expresión, reconocido a nivel constitucional ¿implicaría tener que acudir a una moral general o a la concepción propia y personal? ¿Es “su moral” la que debe prevalecer o hay realmente una “moral pública” que se aplique a todos los ciudadanos y la tengan por válida?
6.-¿Hay un “choque” o colisión entre el orden público y la libertad de expresión en el caso del grupo ruso?
Se recomienda la lectura de la ejecutoria de amparo directo 28/2010.
Rusia (Novosti), 21 de agosto de 2012.

°Piratas atacan web del tribunal ruso que condenó a las Pussy Riot. Hackers presuntamente vinculados al grupo Anonymous realizaron esta mañana un ataque contra la web del Tribunal Jamóvnicheski de Moscuú, el mismo que emitió varios días antes la condena de dos años de cárcel contra tres integrantes del grupo Pussy Riot, por vandalismo, según la prensa local. Los atacantes sustituyeron al contenido de la web por los llamamientos a la liberación a las Pussy Riot y colocaron una canción de esta banda punk femenina que se propulsó a la fama con una serie de escandolosas improvisaciones contra Vladimir Putin, entre ellas, una que protagonizaron en la mismísima Plaza Roja de Moscú y la otra, en la moscovita Catedral del Salvador. Fue esta última la que el Tribunal Jamóvnichescki castigó el pasado viernes con dos años de prisión. Hackers del colectivo Anonymous reivindicaron la autoría del ataque, según el Servicio Ruso de BBC. Una de las inscripciones puestas en la web del tribunal, redactada con errores gramaticales, decía: “Somos el Anonymous estadounidense. No olvido ni perdón. Desordenes. Libre pussy. Tiranía no son jueces”. Varias horas después del ataque, la web del tribunal volvió a funcionar con normalidad. Su página inicial luce aspecto habitual en estos momentos: una foto del edificio del juzgado, la dirección, los números de teléfonos y las noticias. La portavoz del tribunal, Daría Liaj, calificó a los atacantes como “personas de poca imaginación” y constató que “acciones como la suya violan el derecho de acceso ciudadano a las actas judiciales y a la información sobre la labor del tribunal”. Agregó que “el departamento judicial de la Corte Suprema pedirá al Comité nacional de Investigaciones la apertura de un expediente penal a raíz del ataque”. Hackers del grupo Anonymous realizaron numerosos ataques contra empresas e instituciones que, a su juicio, cometen injusticias o abusos. La lista de sus blancos incluye los sitios web de la OTAN, LA ONU, el Departamento de Estado de EEUU, las compañías Apple y Sony, el Kremlin y el Gobierno ruso. Tres integrantes encapuchados del grupo Pussy Riot –Nadezhada Tolokónnikova, María Aliojina y Ekaterina Samutsévich-irrumpieron el pasado 21 de febrero en la Catedral de Cristo el Salvador para interpretar al lado del altar una “oración punk” que decía “Virgen, echa a Putin”. La “oración” fue grabada en un video que se publicó en Internet e hirió los sentimientos de numerosos creyentes ortodoxos. El 17 de julio, el Tribunal Jamovnicheski de Moscu las declaró culpables de “vandalismo por motivos de odio religioso” y las sentenció a dos años de colonia penitenciaria. La defensa se declaró dispuesta a recurrir el veredicto. El caso Pussy Riot provocó fuertes repercusiones dentro y fuera de Rusia. Varios políticos rusos y occidentales calificaron la sentencia de “desmesurada”. Las “Pussy Riot” recibieron también muestras de solidaridad por parte de algunas estrellas del mundo del espectáculo internacional, entre ellas Madonna, Sting, Peter Gabriel, Danny deVito y Stephen Fry.

°Un consejero de Putín cree que la condena a las “Pussy Riot” será anulada. El jefe del Consejo para los Derechos Humanos (CDH) adjunto a la Presidencia de Rusia, Mijaíl Fedótov, expresó hoy su esperanza de que la condena a dos años de prisión a tres años de prisión a tres integrantes del grupo punk ruso Pussy Riot será anulada por una instancia judicial superior. La condena “tendrá consecuencia como un ejemplo de error judicial, que-espero-será rápidamente subsanado por el Tribunal de Moscú”, la instancia superior, dijo Fedótov a la agencia Interfax. Agregó que muchos miembros del CDH consideran inmerecida la sentencia dictada el viernes pasado por el tribunal del distrito moscovita de Jamóvniki a las Pussy Riot por escenificar una “plegaria punk” contra el presidente de Rusia, Vladimir Putin, en la catederal de Cristo Redentor, el principal templo ortodoxo del país. Nadezhada Tolokónnikova, Yecaterina Samutsévich y María Aliójina fueron condenadas a dos años de prisión, tras ser declaradas culpables del delito de “vandalismo motivado por odio religioso”, que el Código Penal ruso castiga con hasta siete años de cárcel. “No es un delito, sino una falta administrativa”, Fedótov indicó que la acción de las Pussy Riot “no está en el ámbito del derecho penal, sino en el campo de las faltas administrativas”. “El delito “sacrilegio” estuvo tipificado en nuestra legislación en el siglo XIX. Entre 1845 y 1885, se castigaba con entre tres y ocho meses de arresto. Incluso según los cánones del siglo XIX esta condena es bastante extraña”, agregó. EL CDH, anunció Fedótov, emitirá en los próximos días un documento especial sobre el caso de las Pussy Riot. Las declaraciones del jefe del CDH dependientemente del Kremlin se producen al día siguiente de que la policía diese la orden de busca y captura de otras dos integrantes no identificadas de Pussy Riot que participaron en la escenificación de la “plegaria punk” el pasado 21 de febrero. Además, ayer la defensa de las tres cantantes anunciaba que recurrirían la sentencia y que estaban dispuestos a interponer recursos ante el Tribunal Supremo de Moscú, el Constitucional y el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo. Un “rezo punk” en el origen de la polémica. Ese día, cinco de las integrantes del grupo punk irrumpieron encapuchadas en una zona restringida del altar de la catedral de Cristo Redentor. Las mujeres se desprendieron de varias de sus prendas y comenzaron a tocar la guitarra eléctrica, a cantar y a bailar en ropa interior. Más tarde, las Pussy Riot difundieron en internet un video con la escefinicación de la plegaria “Madre de Dios, echa a Putin”, en la que se acusa al patriarca de la Iglesia Ortodoxa Rusa, Kiril, de creer en el presidente de Rusia, y no en Dios. El juicio a las Pussy Riot levantó una campaña internacional a favor de su libertad a la que se han sumado organizaciones de defensa de los derechos humanos y figuras del mundo musical de la talla de Paul McCartney, Sting, Madonna, Bjork y bandas como Red Hot Chili Peppers.
“La condena tendrá consecuencias como un ejemplo de error judicial, que será rápidamente subsanado por el Tribunal de Moscú”.
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Edición a cargo de la Coordinación de Compilación y sistematización de Tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.